Inmigración basada en el empleo

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¿Qué Es La Inmigración Basada En El Empleo?

Cada año, decenas de miles de personas viajan a Estados Unidos para trabajar, aportando sus diversas habilidades y experiencia a universidades, empresas, instituciones religiosas y otros sectores en todo el país. Existen diversas vías para la inmigración laboral que se adaptan a diferentes circunstancias y necesidades. Tanto si busca una oportunidad laboral en EE. UU. como si es un empleador que desea acceder al talento internacional, nuestros abogados de inmigración con experiencia están a su disposición.


El proceso para obtener una visa de trabajo suele ser largo y complejo, con muchos requisitos de elegibilidad, plazos que cumplir y documentación que reunir. Por eso es importante contar con la ayuda de expertos capacitados que puedan guiarle con seguridad en cada paso. Programe una consulta hoy mismo para comenzar.


Nuestros abogados ofrecen evaluaciones iniciales gratuitas por teléfono, así como citas remuneradas más largas y específicas para cada situación, para obtener una orientación más detallada.

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Trabajadores permanentes

La mayoría de las visas de inmigrante basadas en el empleo se dividen en dos categorías: trabajadores permanentes, quienes pueden tener derecho a residir permanentemente en los Estados Unidos; y trabajadores temporales, cuya visa de empleo solo es válida por un período determinado. Para los trabajadores permanentes, las visas disponibles se dividen en categorías de preferencia.

  • EB-1 (Trabajadores Prioritarios): Personas con habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios o deportes; profesores o investigadores destacados; y ejecutivos o gerentes de empresas multinacionales. Esta categoría suele estar destinada a personas consideradas dentro del 10% superior de expertos en su campo.
  • EB-2 (Profesionales con Títulos Avanzados): Profesionales con títulos avanzados o habilidades excepcionales en artes, ciencias o negocios. Esta categoría incluye casos que califican para una Exención por Interés Nacional (NIW).
  • EB-3 (Trabajadores calificados, profesionales y otros trabajadores): Trabajadores calificados con al menos 2 años de experiencia, profesionales que poseen una licenciatura o ciertos otros trabajadores no calificados que no buscan empleo temporal.
  • EB-4 (Inmigrantes especiales): Trabajadores religiosos patrocinados por organizaciones religiosas, jóvenes inmigrantes especiales, miembros de las Fuerzas Armadas de EE. UU. y otras categorías especiales.


Los empleadores que presentan una petición de inmigración bajo las categorías EB-2 y EB-3 generalmente deben obtener una certificación laboral del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos. Esta certificación acredita que no hay trabajadores estadounidenses calificados disponibles para el puesto ofrecido y se conoce como Certificación Laboral PERM. Sin embargo, un trabajador individual puede evitar la necesidad de una certificación PERM presentando una Exención por Interés Nacional (NIW).


Las organizaciones religiosas pueden solicitar una visa EB-4 en nombre de sus trabajadores religiosos. En la solicitud, el solicitante deberá demostrar que es una organización religiosa reconocida y exenta de impuestos en Estados Unidos, y explicar cómo compensará al trabajador religioso inmigrante. También deberá presentar pruebas de la pertenencia del trabajador religioso a su denominación, sus cualificaciones para desempeñar sus funciones y su experiencia laboral religiosa previa. Esta visa puede solicitarse incluso si la persona ya se encuentra en Estados Unidos con una visa temporal, como la visa de no inmigrante R-1 para trabajadores religiosos.


Cada una de estas categorías de visa tiene su propio conjunto complejo de normas y requisitos, por lo que contar con la amplia experiencia del equipo de Eastbridge marca una gran diferencia. Nos encargaremos de todos los aspectos de la preparación de su solicitud, recopilaremos y redactaremos toda la documentación necesaria y nos aseguraremos de que pueda afrontar el proceso con confianza.

trabajadores temporales

Las personas también pueden venir a Estados Unidos a trabajar temporalmente como no inmigrantes. Existen diversas vías para este tipo de inmigración laboral. Algunos tipos comunes de visa son:


  • H-1B (Ocupaciones Especializadas) – Trabajadores con un título de licenciatura o formación equivalente en un campo altamente especializado.
  • L-1 (Traslados dentro de la empresa) – Empleadores estadounidenses que trasladan a un ejecutivo o gerente de una oficina en el extranjero a una de sus oficinas en los EE. UU.
  • O-1 (Individuos con Habilidad Extraordinaria) – Aquellos con habilidades y/o logros extraordinarios en las ciencias, la educación, los negocios, el atletismo o las artes.
  • R-1 (Trabajadores religiosos no inmigrantes) – Ministros y otros con vocaciones religiosas que vienen a los EE. UU. para realizar trabajo religioso.
  • TN (Profesionales del TLCAN/T-MEC) – Ciudadanos canadienses y mexicanos en funciones profesionales específicas.


Cualquiera que sea su camino hacia la inmigración laboral, el proceso implica plazos estrictos, documentación exhaustiva y regulaciones en constante evolución. Los errores pueden ocasionar denegaciones, retrasos o la pérdida de la autorización de trabajo. En Eastbridge, nuestro equipo cuenta con el conocimiento necesario para ofrecerle estrategias personalizadas que se ajusten a sus necesidades específicas, ya sea usted un empleador que busca cubrir puestos clave o un profesional que desarrolla su carrera en Estados Unidos. Contáctenos hoy mismo para una consulta gratuita.


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